Diversas son las opiniones al respecto de si un documento fotocopiado es válido para realizar un cotejo pericial. La finalidad de un cotejo de documentos manuscritos no es otra que dilucidar si dos o más escritos han sido realizados por la misma persona, y en especial resolver si lo ha efectuado la persona a la que están referidos.
La idoneidad de una muestra proclive de ser cotejada viene dada por su calidad (que la muestra sea adecuada) y por su cantidad (que sea suficiente). Qué duda cabe que para considerar dos muestras como adecuadas para ser cotejadas entre sí, éstas deben ser de la misma naturaleza y composición, por lo tanto, no sería apropiado cotejar una muestra dubitada fotocopiada con una muestra indubitada original, por ejemplo un cuerpo de escritura.
Sin entrar a enumerar todos los requisitos formales, una de las condiciones sine qua non para otorgar carácter de autenticidad a una firma es que ésta sea autógrafa, es decir, que esté escrita de mano de su mismo autor. Este requisito pone de manifiesto que en un cotejo pericial los aspectos puramente morfológicos, siendo altamente importantes, no son la parte esencial del análisis, puesto que un falsificador lo primero que va a intentar copiar es la forma del grafismo, ya que esta parte es la que “más se ve”.
En un análisis profundo para un correcto cotejo, además de la forma, examinaremos otros componentes de la escritura considerados como elementos individualizantes, siendo la presión ejercida sobre el papel uno de ellos. Obviamente, este aspecto, que como sabemos resulta fundamental, se nos escapa cuando estamos ante un documento fotocopiado. Los cambios de presión que ejerce el autor al escribir son imposibles de valorar en una fotocopia.
Hoy en día, en plena era digital, existe una inmensa cantidad de aparatos de digitalización e impresión que cuentan cada vez con mayor calidad en sus procesos ofreciendo unos resultados más que óptimos. Una gran parte de la población, en mayor o menor medida, se encuentra familiarizada con las nuevas tecnologías, y por tanto, tenemos un gran número de personas capacitadas para realizar composiciones y montajes por medios informáticos, que si se utilizan de forma fraudulenta pueden dar lugar a magníficas falsificaciones muy difíciles de detectar en un documento fotocopiado, a no ser que se haya hecho de forma muy burda. Si contamos con el original podremos examinar los sistemas de impresión intervinientes en su confección, y si por ejemplo el falsificador ha añadido un párrafo a su favor en un contrato muy difícilmente lo puede hacer utilizando la misma impresora que se empleó para imprimir el documento inicialmente.
Antes de finalizar, vamos a ver un ejemplo que, aunque puede parecer simple, tenemos la constancia de que ha sido utilizado en innumerables ocasiones:
Aquí tenemos un documento fotocopiado cuestionado para realizar cotejo pericial. Cuestionado, porque la persona a la que está referida niega haber firmado dicho documento. Nos ceñiremos a la firma.
Documento fotocopiado
Imaginemos que realizamos el cotejo pericial de este documento con las respectivas muestras indubitadas, y determinamos, habiendo encontrado numerosas concordancias morfológicas, que la firma sí pertenece a la persona que negaba haberlo firmado. A la vista de nuestro dictamen, el Juez obliga a la persona a hacerse cargo de lo que “firmó”.
Como esto es tan sólo un ejemplo, vamos a observar ahora el documento original:
¿Qué hay aquí de raro? Muy simple, la firma del documento es una firma digitalizada posteriormente impresa en el contrato, por tanto vemos que la firma no es autógrafa, es decir, que la persona NO lo firmó.
En estos momentos, habrá gente que se pregunte si este tipo de falsificación es tan común. Por poner un ejemplo, en la estafa llevada a cabo por bancos y cajas con las participaciones preferentes éste ha sido uno de los modus operandi utilizados, ya que como todos sabemos en el banco disponen de ejemplares digitalizados de nuestras firmas auténticas realizadas por nosotros mismos. En muchos de los casos, se han limitado a colocar esta firma escaneada en el contrato de compra de estos productos tóxicos. En un examen preliminar del documento original y casi a simple vista, podemos detectar este tipo de falsificación. En una fotocopia NO.
En conclusión, ninguna copia puede sustituir bajo ningún concepto el documento original, y en caso de que nos veamos obligados a realizar un cotejo pericial partiendo de una fotocopia, se ha de dejar constancia en nuestro dictamen de las limitaciones que supone un estudio en estas condiciones y por supuesto, las conclusiones obtenidas nunca podrán ser determinantes ni decisivas.
Virginia Molina Tito
Grafóloga y Perito Calígrafo Judicial
virginiamolina@psicografologia.net
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Etiquetas: firma, pericia caligráfica, revista
Excelente, felicitaciones por su claridad y ejemplo practico.
Muchas gracias Angel, recibe un cordial saludo.
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Un saludo.
Saludos, he leido varios articulos excelentes para los que nos estamos formando como peritos.
Muchas gracias por el comentario Eduardo, me alegra que te haya sido de utilidad.
Recibe un cordial saludo!
Felicitaciones por tan excelente labor y enseñanza